El pasado 10 de septiembre de 2015 se publicó en el BOE la nueva Ley 31/2015 de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social, que añade actualizaciones y modificaciones relevantes para los autónomos.
Esta Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social entrará en vigor a partir del 11 de octubre de 2015. Como primer factor positivo de esta nueva Ley podemos destacar su carácter integrador ya que aglutina la normativa referente a las bonificaciones para los autónomos que estaban dispersas en varias normas que ahora se derogan.
A continuación abordaremos los puntos, que por su incidencia más directa sobre las PYMES y los autónomos, consideramos más destacados:
Tarifa plana de 50 euros
Parece que, por fin, el nombre de «tarifa plana de 50 €», se corresponde realmente con la cuota a pagar durante los primeros meses, hasta ahora las bonificaciones aplicables dejaban la tarifa en 55,78 € (cuota para 2015) y a partir del próximo 15 de octubre de 2015 la cuota por contingencias comunes de la tarifa plana se fija en una cantidad exacta de 50 euros.
En relación con esta medida, se adopta una de las medidas más importantes de la reforma de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo y de la Economía Social. Y es que, los autónomos que contraten empleados podrán seguir beneficiándose de la tarifa plana en su cuota de la Seguridad Social.
Se corrige así, la grave deficiencia que presentaba esta medida donde se negaban las bonificaciones a los autónomos si estos contrataban a personal por cuenta ajena. No obstante, desde mi humilde punto de vista, se ha perdido una gran oportunidad para hacer extensiva esta tarifa plana a los socios autónomos de entidades mercantiles, que seguirán sin poder disfrutar de la tarifa plana.
Para obtener más información sobre la tarifa plana de 50 puedes consultar el siguiente post:
Tarifa plana de 50 € para autónomos
Autónomos y prestación por desempleo.
Se eliminan las restricciones por edad para la compatibilización de la prestación de desempleo y el trabajo por cuenta propia. Hasta el 15 de octubre de 2015 únicamente podían ser autónomos y cobrar la prestación por desempleo los menores de 30 años. Ahora el límite de edad se elimina, expediento todos los autónomos cobrar la prestación del paro mientras ejercen su actividad como profesional por cuenta propia, durante un plazo máximo de nueve meses.
De igual modos se elimina la franja de edad para poder capitalizar el 100% del paro en pago único. Por lo que los todos autónomos tendrán la posibilidad de destinar el 100% de la capitalización del paro a la inversión inicial, sin ninguna restricción por edades.
Plazo de cinco años para reanudar el cobro del paro
A partir del 11 de octubre se permite que los autónomos que estén cobrando del paro y decidan montar un negocio o iniciar una actividad como autónomo pueden reanudar el cobro de la prestación durante los cinco años siguientes al inicio de la actividad. Hasta ahora solo era posible reanudar el cobro en los dos años posteriores al inicio de la actividad, ahora el plazo pasa a ser de 5 años, y se exige que se acredite a partir del segundo año que sea por motivos organizativos o económicos.
Capitalización del desempleo para constituir una sociedad
Las aportaciones de capital social de todo tipo de sociedades de nueva creación se podrán hacer utilizando la capitalización para cubrir los gastos de constitución y/o para emplearlo en los gastos de asesoramiento, formación o información.
Resto de disposiciones
Otras novedades que aporta esta nueva Ley 31/2015 son:
- Cambios en la Ley de Economía social incorporando bonificaciones para los trabajadores contratados por cooperativas, sociedades laborales o empresas de inserción y para trabajadores que se incorporen a ese tipo de empresas
- La obligación a las administraciones públicas a adjudicar un porcentaje de los contratos públicos o empresas de inserción.
- Se amplía a 24 meses el incentivo para el alta en afiliación de los familiares del autónomo que tengan carácter de colaboradores.
- Se amplían la bonificaciones para la incorporación de socios a entidades de economía social (cooperativas, y sociedades laborales)
- Se amplían las ayudas a los Centros Especiales de Empleo y a las Empresas de Inserción.